jueves, 22 de marzo de 2018

DERECHO DE PETICIÓN

Target: Comprender la estructura del derecho de petición y como un elemento inalienable de cualquier ciudadano.

1. ¿Qué es un derecho de petición?
El derecho de petición es la facultad que toda persona tiene para presentar solicitudes ante las autoridades o ante ciertos particulares y obtener de ellos una pronta solución sobre lo solicitado.
Es una garantía constitucional que permite a los ciudadanos formular solicitudes respetuosas a las autoridades y obtener consecuentemente una respuesta pronta, oportuna y completa. 

2. ¿Cuál es su finalidad? Explique
Solicitar el reconocimiento de un derecho, la intervención de una entidad o funcionario, la resolución de una situación jurídica, la presentación de un servicio, requerir información, consultar examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos, de forma gratuita y sin necesidad de un abogado o de una persona mayor cuando quien quiera peticionar sea un menores de edad siempre y cuando la petición tenga relación con las entidades dedicadas a su protección o formación. 

3. Explique su estructura
Un derecho de petición debe contener unos elementos mínimos para que la autoridad correspondiente pueda dar una respuesta razonable.
El artículo 16 de la ley 1437 de 2011 señala esos elementos mínimos a considerar:
  • La autoridad o entidad a la que se dirige.
  • Nombre y apellidos del solicitante.
  • Número de identificación del solicitante.
  • Dirección donde se debe enviar la respuesta.
  • El objeto de la petición.
  • Las razones en que fundamente la petición.
  • La relación de los documentos que presenta para iniciar el trámite.
  • La firma del peticionario.
4. ¿A quién se puede presentar? Explique
Los derechos de petición se presentan a las entidades Gubernamentales y Estatales y no contra entidades privadas. Sin embargo, si estas empresas del sector privado prestan o administran servicios públicos como aguas, luz, energía, teléfono, etc. Para las empresas privadas se presenta una solicitud o carta formal en donde se expone la queja o la sugerencia.  

5. ¿Cual es el término que tiene una entidad para resolver las peticiones? Explique
Por regla general:
Quince (15) días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones.
Diez (10) días para contestar peticiones de información.
Treinta (30) días para contestar consultas.
Los anteriores plazos son los máximos, pues todo servidor público tiene el deber de actuar frente a las peticiones con celeridad y eficiencia.

6. De acuerdo con la caricatura, ¿cómo entender un derecho y un deber y cómo relacionar estos conceptos con el Derecho de Petición?
Derecho es una condición de poder tener o exigir lo que se considera éticamente correcto, establecido o no legislativamente. 
Deber es tener [una persona] una obligación moral con otra.
Derecho y deber están relacionadas con el derecho de petición porque las personas tienen el derecho de pedir una peticion y el gobierno tiene el deber de responderles. 

Bibliografía 
http://www.reddhfic.org/index.php?option=com_content&view=article&id=65&Itemid=148 
https://es.slideshare.net/alexmcastano/derecho-de-peticin-12153557
https://www.gerencie.com/derecho-de-peticion.html
http://www.colombialegalcorp.com/como-por-que-a-quien-se-debe-presentar-derecho-de-peticion/ 
http://soportejuridico.com/blog/derecho-de-peticion
https://www.google.com.co/search?q=deber&oq=deber&aqs=chrome..69i57&sourceid=chrome&ie=UTF-8
https://www.google.com.co/search?q=derecho&oq=derecho&aqs=chrome..69i57j69i60l3j69i59j69i65&sourceid=chrome&ie=UTF-8

No hay comentarios:

Publicar un comentario